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Introducción.
En el sistema de división de poderes
ideado por Montesquieu, el objetivo sin adentrarnos en los detalles,
eran dos, el primero evitar la acumulación del poder estatal en una
sola persona u organismo y el segundo, el control entre estos para
que de esa manera se generara un balance o contrapoder que pudiera
asegurar el equilibrio en la administración de las tareas del Estado.
Esto generó que básicamente el Estado
dividiera sus funciones en Legislativo, Judicial y administrativo (no
confundir división de funciones con división de poderes). Entre las
clasificaciones que puede realizar un órgano administrativo podemos
encontrar que sus tareas pueden ser internas o externas, consultivas,
regladas, discrecionales y de contralor, esta ultima puede realizarse
de manera interna o externa. Interna cuando se dedica a controlar la
oportunidad, merito y conveniencia de los actos de la administración y la externa cuando controla actos de los administrados y
concesionarios.
Ademas de los mencionados existen otros
organismos de control creados que se encuentran en el ámbito de los
distintos poderes. Entre ellos encontramos:
- Auditoria General de la Nación (AGN)- Art. 85 de la Constitución Nacional: El control externo del sector público nacional en sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, será una atribución propia del Poder Legislativo.El examen y la opinión del Poder Legislativo sobre el desempeño y situación general de la administración pública estarán sustentados en los dictámenes de la Auditoria General de la Nación.Este organismo de asistencia técnica del Congreso, con autonomía funcional, se integrará del modo que establezca la ley que reglamenta su creación y funcionamiento, que deberá ser aprobada por mayoría absoluta de los miembros de cada Cámara. El presidente del organismo será designado a propuesta del partido político de oposición con mayor número de legisladores en el Congreso.Tendrá a su cargo el control de legalidad, gestión y auditoria de toda la actividad de la administración pública centralizada y descentralizada, cualquiera fuera su modalidad de organización, y las demás funciones que la ley le otorgue.Intervendrá necesariamente en el trámite de aprobación o rechazo de las cuentas de percepción e inversión de los fondos públicos.
Su funcionamiento
y conformación se encuentran reglamentados por los artículos 116 de
la la Ley 24.156 de Administración Financiera.
- Sindicatura General de la Nación (SIGEN): Se encuentra creado por e articulo 96 de la ley 24.156 de Administración Financiera. Sus funciones son el control interno de los órganos y jurisdicciones que componen el Poder Ejecutivo Nacional.
- Entes Reguladores: Son aquellos órganos que monitorean el cumplimiento de los contratos de concesión de los servicios púbicos, estos ademas deben viabilizar quejas y reclamos por parte de los consumidores.
¿Como llegamos a esta situación?.
La Argentina en la década de los
noventa sufrió una transformación que podría ser tildada de salvaje
o precipitada pero que al mismo tiempo sufrieron todos los países de
la región y muchos países del mundo, destacando que no es un fenómeno únicamente argentino.
Esta transformación trajo consigo la
posibilidad de que empresas privadas y consorcios empresariales
puedan comenzar a brindar servicios públicos que hasta entonces
estaban en manos del Estado. Es decir la desregulación del monopolio
estatal, para convertirla en un monopolio (u oligopolio en algunos
casos) privado bajo el control estatal.
Entonces el Estado que era un histórico proveedor y asegurador del servicio debió desarrollar un sistema de
control que asegurara esa función entre sus principales tareas.
Es asi, como pasamos de un Estado
benefactor a un Estado contralor de la función de los privados.
Existen ejemplos de controles por parte del Estado previamente, pero
no se presentaban en tal magnitud.
Crisis de los sistema de control.
Actualmente en la argentina, tras casi
25 años de este modelo de control, podemos asegurar que se encuentra
en una crisis integral. El Modelo aplicado por Argentina que
actualmente esta fallando, en otros países ha tenido un magnifico
desempeño, el modelo privado de negocios de prestación de los
servicios públicos permitió prestar un servicio de calidad con
inversiones publico-privadas que llevaron al servicio a los mas altos estándares de calidad. A modo de ejemplo podemos observar el sistema
ferroviario de España. En cambio en Argentina no existen otra cosa
que denuncias al respecto.
Pero a que nos referimos con esto?
La intención de este humilde servidor
no es recaer en la necesidad de mayor legislación ni recursos, la
simple necesidad de una decisión política para llevar adelante el
efectivo cumplimiento de los contratos y controles.
Se podría decir que llegamos a esta situación por la política llevada adelante durante toda la década del 90 de “libertad de empresa” y la crisis del 2001, que dieron
como resultado que el Estado durante el kirchnerismo se vea obligado
a pelear cotidianamente en una dialéctica entre las inversiones
privadas estipuladas en los contratos de concesión y el precio de las
tarifas. A este cóctel mortal hay que sumarle la falta de decisión política de fortalecer estas organizaciones.
Por lo tanto algunos organismos de
control, especialmente los relacionados con los servicios públicos
en Argentina nunca fueron capaces de llevar adelante las tareas que
le fueron encomendadas, y por lo tanto, el libre albedrío de las
empresas que prestan estos servicios convierten al servicio publico
que están brindando en la faceta más salvaje del capitalismo (un
monopolio sin control).
Es necesario dejar en claro que no
hacen falta la creación de organismos de control, existen en numerosa
cantidad y temática, a modo de ejemplo podemos enumerar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), Organismo regulador del Sistema
Nacional de Aeropuerto (ORSNA), Administración Nacional de
Medicamentos (ANMAT), Banco Central de la República Argentina (BCRA), Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), Administración Federal de los Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Ente
Nacional de la Regulación de la Energía (ENRE), Ente Nacional de Regulación del Gas (ENARGAS), Ente Nacional de Obras Hidricas de
Saneamiento (ENHOSA), Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios
(ETOSS), Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI),
Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarías (SEFyC),
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), Superintendencia de
Seguros de la Nación (SSN), Superintendencia de Servicios de Salud
(SSS), Comisión Nacional de Valores (CNV), etc. Todos ellos tienen
como fin el control de las empresas privadas en la materia que les
conciernen para poder defender los intereses públicos de la nación y
denunciar el abuso a los consumidores/usuarios (depende si sea un
servicio publico o no).
Por ultimo, podemos nombrar a la
Superintendencia de Administración de Fondos de Jubilaciones y
Pensiones (SAFJP) que con la nacionalización de los fondos de
jubilaciones y pensiones desapareció su objeto de control y por ende
el órgano.
El Secretario General de Asociación de
Personal de Organismos de Control, Enrique Rodriguez dice en esta
nota,
con motivo de la falta de control en la tragedia de Once:
“La ausencia total de sanciones en
resonados escándalos públicos va extendiendo, como una mancha de
aceite, la sensación de impunidad. Si no hay sanciones, o éstas son
tardías o invisibles, la impunidad contagia y seduce; ni siquiera
hay riesgos de costos en términos de reputación. La impunidad es el
gran portal de entrada a la corrupción sistemática. La sanción de
las irregularidades e incumplimientos, el castigo justo de los
crímenes, juegan un papel instructivo. No hay nada peor para moldear
el carácter moral de una sociedad el que ésta verifique que la
impunidad está enseñoreada.
Aquí es donde tiene que hacer bien su parte el órgano jurisdiccional, el Poder Judicial. Para que las faltas, las irregularidades sean sancionadas, primero es necesario detectarlas y documentarlas y luego denunciarlas; la función de denuncia debería ser parte de las facultades de las entidades de fiscalización superior”.
Aquí es donde tiene que hacer bien su parte el órgano jurisdiccional, el Poder Judicial. Para que las faltas, las irregularidades sean sancionadas, primero es necesario detectarlas y documentarlas y luego denunciarlas; la función de denuncia debería ser parte de las facultades de las entidades de fiscalización superior”.
La tarea administrativa de control en
la Argentina se encuentra desmantelada, el Estado en estos últimos años se vio muchas veces en la necesidad de aumentar estos
mecanismos y no pudo llevarlo a cabo. La responsabilidad de este
gobierno como así lo vimos es proporcional con los antecesores desde
la privatización del servicio. Pero aun así actualmente cuando el
gobierno se ve en la necesidad de implementar mas controles a los
actores privados que llevan adelante tareas estratégicas para el
desarrollo del país y no encuentra las herramientas alternativas que
avanzar con la nacionalización del servicio, no siendo aplicable para
todos los servicios. Algunos ejemplos de esto ultimo fueron la nacionalización del Correo Argentino y de Aguas Argentinas por
incumplimiento de los contratos (ambas empresas tenían un organismo
de control que debía hacerles respetar los contratos), luego avanzó
sobre Aerolíneas Argentinas, los fondos jubilatorios e YPF, todas
ellas como ya vimos anteriormente también debían ser controladas. Que
paso con los organismos de control en los 5 casos mencionados? El
Estado esta denunciando públicamente su propia incapacidad. Podemos
sumarle a la reciente lista el control de la Superintendencia de
Salud a las medicinas prepagas desde la ley de Empresas de Medicina
Prepaga.
Ademas de no contar con sustentabilidad
de dicho mecanismo, no creo que los recursos estatales permitan al
Estado avanzar sobre absolutamente todas las concesiones, entonces la solución es generar en dichos organismos un estado eficiente, un
control, un poder de policía que lleve a dichos empresarios a obtener
una razonable y medida ganancia por la prestación del servicio pero
mas importante aun, realizar las inversiones para poder brindar un
servicio de calidad.
[Es interesante resaltar que hemos
visto como el Estado control ha hecho efectiva en los últimos 3 meses
sanciones a Personal, Claro y Movistar. Pero lo curioso es que la telefonía móvil no es un servicio publico.]
Esto esta íntimamente relacionado con
el fortalecimiento de las asociaciones de defensa al consumidor y a
la intervención de los tribunales, en linea con lo que señalaba
Enrique Rodriguez, para poder realizar los reclamos y las
indemnizaciones que estos impongan a dichas empresas.
Esto será posible solamente con la decisión política de abastecer a estos organismos con las
herramientas políticas suficientes y necesarias para que, como ya
dijimos, con un poder de policía eficaz, razonable y equilibrado
puedan hacer entender al capital privado que el estado no esta para
que se hagan millonarios.
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